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Comisión de Diputados aprueba proyecto de ley que protege la libre transitabilidad y sanciona los bloqueos

Por ElDiarioVirtual • 6 de octubre de 2026 • 2 min de lectura

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Comisión de Diputados aprueba proyecto de ley que protege la libre transitabilidad y sanciona los bloqueos.
Comisión de Diputados aprueba proyecto de ley que protege la libre transitabilidad y sanciona los bloqueos.

Este martes, la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que garantiza la libre transitabilidad y la protección del pueblo boliviano. La propuesta legislativa establece penas de tres a ocho años de privación de libertad para quienes bloqueen de manera dolosa.

“Al haberse considerado en su integridad el proyecto de ley, conforme a lo dispuesto por el artículo 105 del Reglamento General, queda aprobado tanto en su estación en grande como en detalle. Señor secretario técnico, remita a la Cámara de Diputados el presente proyecto de ley”, señaló el diputado Manolo Rojas, presidente de dicha comisión.

La iniciativa legislativa consta de 28 artículos y es resultado de la unificación de diez propuestas normativas referidas a la prevención de los bloqueos. El diputado Omar Muriel Vásquez manifestó que el proyecto de ley “es mucho más completo y refleja mayor amplitud y responsabilidad”.

El proyecto de ley establece un régimen penal que determina penas de tres a seis años de privación de libertad cuando los bloqueos afecten servicios de emergencia, salud, abastecimiento, evacuación, infraestructura o actividades laborales. La pena será de ocho años de privación de libertad cuando se registre el uso de violencia o armas, destrucción de infraestructura o cobros.

Por otro lado, determina que la Policía Boliviana, el Ministerio Público y las instituciones públicas competentes deberán incorporar programas de capacitación en gestión de conflictos, derechos humanos, libre transitabilidad, derecho al trabajo, investigación penal y uso legítimo de la fuerza.

En sus disposiciones transitorias, establece que el Órgano Ejecutivo deberá adecuar, en un plazo de 60 días calendario, los protocolos necesarios relacionados con la prevención y el diálogo; el tránsito de los servicios de emergencia; el abastecimiento indispensable; la protección del derecho al trabajo; la advertencia y el desescalamiento; el restablecimiento de la circulación; la documentación de los operativos; y el uso proporcional de la fuerza.